Servicio Ayuda a Domicilio

¿Qué es el servicio de ayuda a domicilio?

Es una prestación de servicio, realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, integradoras, sociales, de apoyo y cuidado a las personas y unidades familiares o de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.

Destinatarios.

Todas las personas y, en su caso, unidades familiares o de convivencia que residan en el municipio de Puerto Real podrán recibir el servicio de ayuda a domicilio, bien a través de resolución aprobatoria del programa individual de atención establecido en el marco de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, o bien como servicio no vinculado a esa ley a través de Servicios Sociales Comunitarios por carecer de autonomía, temporal o permanente para realizar actividades básicas de la vida diaria o contribuir en su inclusión social. En este último supuesto bastará con que las personas o unidades familiares estén empadronadas en el municipio.

Finalidad.

El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene como finalidad la mejora de la calidad de vida, la promoción de la autonomía personal para facilitar la permanencia y la inclusión social de las personas en su medio habitual, la prevención de las situaciones que puedan motivar un deterioro físico o psíquico y la intervención en situaciones de riesgo social o desprotección.

 

Características del servicio.

  • a) Centrado en la persona y en su unidad familiar o de convivencia: desde un enfoque de desarrollo positivo y con la participación de la persona en el proceso de atención, fomentando y evidenciando la diversidad, y respetando los derechos humanos.
  • b) Público: su titularidad y responsabilidad corresponde a las Administraciones Públicas de Andalucía.
  • c) Carácter integral y continuidad en la atención: considera todos los aspectos o circunstancias que inciden en las necesidades de las personas o unidades familiares o de convivencia, su seguimiento y evaluación de resultados.
  • d) Normalizador: posibilita la atención de las personas en su entorno habitual, preferentemente en el domicilio, articulando, cuando la permanencia en el domicilio no resulte viable, alternativas residenciales idóneas.
  • e) De proximidad: por su despliegue territorial, allí donde reside la ciudadanía.
  • f) Integrador: facilita la relación de las personas y unidades de convivencia con su red social y comunitaria, a través, entre otras, de la participación en actividades de ocio y de estimulación cognitiva, favoreciendo la adquisición y desarrollo de conocimientos, capacidades y habilidades de la persona o grupos de convivencia; fortaleciendo sus redes, su capacidad de adaptación y prevención de posibles situaciones de riesgo.
  • g) Preventivo: trata de evitar y detener situaciones de deterioro o internamientos innecesarios, impulsando la competencia y la autonomía personal.
  • h) Transitorio: Dado que el servicio se establece para la atención a la persona en un periodo de tiempo determinado, será revisable, mediante el seguimiento y evaluación del mismo. Este periodo de tiempo será determinado en el proyecto de intervención social establecido en el acceso al sistema por la vía de no dependencia.
  • i) Técnico: se presta de manera supervisada por un equipo interdisciplinar y cualificado a través de un proyecto de intervención social.
  • j) Coordinación interadministrativa: valora las necesidades de las personas usuarias, tanto en el ámbito de los servicios sociales o sanitarios, así como en cualquier otro ámbito.

 

 

Horarios de atención.

La oficina de coordinación y gestión del servicio de ayuda a domicilio se encuentra ubicada en c/ Factoría de Matagorda, numero 60, oficina 11, bajo derecha, en Puerto Real, donde le atenderemos gustosamente mediante cita previa.

Nuestro servicio de ayuda a domicilio se presta, como norma general, de lunes a viernes desde las 7:00 de la mañana a las 22:00 de la noche, sábados de 7:00 a 15:00. Actualmente no se realizan servicios domingos y festivos.

El horario de atención de coordinación para comunicar incidencias vía telefónica incluye, además de estos horarios, los domingos y festivos de 17:00 a 22:00 de la noche, en el cual se le atenderá por aquella persona coordinadora que se encuentre de guardia en ese momento.

 

 

Teléfonos.

Nuestros teléfonos de atención a través de móvil o vía WhatsApp (sólo en horarios de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes) son los siguientes:

T.: 671148697
T.: 637844856
T.: 649029478
T.: 620341614

También pueden dirigirse al correo electrónico:
eva.salguero@grupoenergetico.es

 

 

ATENCIÓN A la ciudadanía

956 980 980